Aunque el mes de Agosto es un mes tranquilo para muchas empresas, la Agencia Tributaria no descansa y desde aquí os recordamos el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias a lo largo del mes de Agosto 2016.
Como todos los meses de Julio, las entidades de capital tienen que presentar sus obligaciones mercantiles. El plazo de presentación de las cuentas anuales del ejercicio anterior termina el 30 de Julio.
Cada vez es más rápido el proceso de devolución de la renta, pero puede darse el caso que después de unas semanas o incluso meses, Hacienda no nos haya ingresado el importe de nuestra declaración. ¿Qué hacemos en este caso? ¿Reclamamos no haber obtenido la devolución? ¿Puede pasar que la Agencia Tributaria no nos pague?
A la hora de realizar la declaración de la Renta, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de realizar la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta para poder elegir la opción más beneficiosa para el matrimonio. Ahora bien, ¿Pueden las parejas de hecho realizar la declaración conjunta?
Cuando nos planteamos si estamos obligados o no a hacer la Declaración de la Renta normalmente tomamos en cuenta los rendimientos de trabajo. La presentación de la declaración es obligatoria si hemos obtenido más de 22.000€ de un solo pagador o 12.000€ de más de uno, pero hay muchas rentas que nos obligan a declarar aunque no hayamos superado los límites ni hayamos tenido rendimientos de trabajo.
Ya empieza el plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al año 2015. Desde hoy día 6 de Abril está abierto el plazo para presentar el IRPF del ejercicio pasado. Esta será la primera declaración que recoja la reforma fiscal del gobierno por lo que incluye novedades como la rebaja de tipos, cambios en algunas deducciones o la nueva herramienta Renta Web.